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El aporte del 1% sobre los salarios no es obligatorio

Las empresas metalúrgicas deben saber que la Contribución Convencional Empresaria CCT 260/75 con destino a ADIMRA (1% de los salarios) NO ES OBLIGATORIA.
¡No se dejen engañar, no hay que pagar si no te asociaste voluntariamente!
Los asociados de CAMIMA están exentos de ese pago. No caigas en esta red de engaños.
Las asociaciones empresarias NO SON un sindicato.

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